RENOVACION DE RESIDENCIA PARA ESTUDIANTES


I-INTRODUCCIÓN

 

Para permanecer en España de forma legal durante toda esta etapa formativa, como cualquier ciudadano extranjero extracomunitario, se hace necesario tramitar una Autorización de Estancia por Estudios

Esta autorización se caracteriza por que tiene una duración de un año y que como cualquier otro permiso se puede renovar una vez llegado su vencimiento.


II-RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE


Jurídicamente la renovación de la tarjeta de estudiante se conoce como la Prórroga de autorización estancia por estudios, es una prórroga anual de esta autorización para realizar en España estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. También se autoriza la prórroga anual de la estancia de los familiares de los extranjeros en situación de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.


III-REQUISITOS PARA RENOVAR LA TARJETA DE ESTUDIANTE


Son los siguientes :

-a-No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

-b-Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

-c-No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

-d-Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías :

-d1-Para su sostenimiento.

-d2-Para el sostenimiento de sus familiares.

-e-Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.

-f-En el supuesto de estudiantes menores de edad que no estén acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos.

-g-Acreditar que se siguen reuniendo los requisitos específicos respecto de a la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España (ver la hoja informativa correspondiente).

-h-Haber superado las pruebas para la continuidad de sus estudios, o continuar con las prácticas no laborales o continuar los servicios de voluntariado. Este requisito podrá acreditarse a través de la realización de estudios o investigaciones en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea, en el marco de programas temporales promovidos por la propia Unión.


IV-MOMENTO EN EL QUE SE DEBE RENOVAR LA TARJETA DE ESTUDIANTE


Como cualquier tarjeta se debe renovar el permiso para poder seguir en España de forma legal.

Aquí se dispone de dos plazos :

-a-Dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización.

-b-También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.


V-SOLICITUD POSTERIOR DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE


Solicitud de la copia física-En el plazo de un mes desde la notificación, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.

Tramite de la huella-El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará :

-a-Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial.

-b-Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.

-c-Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carnet.